Alerta de noticias: Más restricciones de viaje y países añadidos en la Prohibición de Viajes de Trump; exenciones para atletas y diplomáticos 

Imagen de Google Gemini. El 16 de diciembre de 2025, la administración Trump publicó una nueva política de inmigración que contiene restricciones adicionales para los nacionales de los 19 países con prohibición de viajes y añade más países a la lista, pero incluye excepciones detalladas para atletas y diplomáticos. Obtenga más información en nuestra Alerta de noticias.

El 16 de diciembre de 2025, el presidente Trump firmó una nueva proclamación titulada "Restricción y limitación de la entrada de extranjeros para proteger la seguridad de Estados Unidos". Esta medida amplía las restricciones y políticas de viaje anteriores para abordar lo que la administración identifica como procesos de selección e investigación inadecuados de varios gobiernos extranjeros. La administración también publicó una hoja informativa que acompaña a la proclamación. 

Estos cambios se producen pocos días después de la publicación de dos nuevos cambios en la política: 

  1. suspensión y revisión judicial de todas las solicitudes de asilo y otras solicitudes de inmigración de los países con prohibición de viajes; y 

  2. la implementación de la Tarjeta Dorada, el programa acelerado de residencia permanente para emprendedores e inversionistas exitosos que aportan una contribución económica significativa a la nación. 

¿Qué novedades hay?

  1. Se añaden restricciones totales y limitaciones de entrada a cinco países adicionales, según análisis recientes: Burkina Faso, Malí, Níger, Sudán del Sur y Siria

  2. También se añaden restricciones totales y limitaciones de entrada a las personas que posean documentos de viaje emitidos por la Autoridad Palestina

  3. Se imponen restricciones totales y limitaciones de entrada a dos países que anteriormente estaban sujetos a restricciones parciales: Laos y Sierra Leona

  4. Dado que Turkmenistán ha mantenido una colaboración productiva con Estados Unidos y ha demostrado un progreso significativo desde la Proclamación anterior, esta nueva Proclamación levanta la prohibición de visas de no inmigrante, al tiempo que mantiene la suspensión de la entrada para los ciudadanos turcomanos como inmigrantes. 

  5. Añade restricciones parciales y limitaciones de entrada a 15 países adicionales: Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Costa de Marfil, Dominica, Gabón, Gambia, Malawi, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Tonga, Zambia y Zimbabue

  6. A partir del 1 de enero de 2026, la administración publicó una lista de tipos de solicitudes exentas de la suspensión judicial: 

    • Formulario I-90, Solicitud de Reemplazo de la Tarjeta de Residente Permanente (Green Card). Para residentes permanentes que necesiten renovar o reemplazar sus green cards; 

    • Formulario N-565, Solicitud de Reemplazo del Documento de Naturalización/Ciudadanía. Para ciudadanos estadounidenses naturalizados que necesiten reemplazar su certificado de naturalización; 

    • Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía. Para ciudadanos estadounidenses que obtuvieron su ciudadanía por la naturalización de sus padres; 

    • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo presentada bajo las categorías (c)(8), limitada (c)(11) y limitada (c)(14). Para personas con solicitudes de asilo pendientes y ciertas personas en libertad condicional, beneficiarios de acción diferida y diplomáticos; 

    • Formulario I-910, Solicitud de Designación de Cirujano Civil (solo para médicos ciudadanos o nacionales de Estados Unidos)

    • Solicitudes de beneficios presentadas por cualquier extranjero que sea atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñen un papel de apoyo necesario y familiares directos, con el fin de participar en la Copa Mundial, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante, según lo determine el Secretario de Estado; 

    • Solicitudes de beneficios que sean prioritarias para las fuerzas del orden y en las que el ICE haya solicitado al USCIS que tome medidas judiciales para salvaguardar la seguridad pública o nacional; 

    • Solicitudes de beneficios presentadas por extranjeros cuya entrada serviría a un interés nacional de Estados Unidos; 

    • Solicitudes de beneficios, así como los beneficios subyacentes asociados, para cualquier programa que se cancele o interrumpa como resultado de una Orden Ejecutiva, Proclamación, Aviso del Registro Federal o Directiva emitida por el Presidente, el Secretario de Seguridad Nacional o el Director del USCIS; y 

    • Decisiones de terminación automática de solicitudes de beneficios complementarios o relacionados cuando a un extranjero se le otorga la residencia permanente legal o se naturaliza. 

¿Qué es lo mismo? 

  1. La Proclamación mantiene todas las restricciones y limitaciones de entrada para los nacionales de los 12 países originales de alto riesgo establecidos en la Proclamación 10949: Afganistán, Birmania/Myanmar, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. 

  2. Esta nueva política actualizada ofrece fundamentos similares, como el mantenimiento deficiente de registros; la corrupción gubernamental; la falta de cooperación; el alto índice de permanencia en el país tras el vencimiento de la visa; y la ciudadanía por inversión (CBI). 

Las buenas noticias

Si bien el objetivo principal de la proclamación del 16 de diciembre de 2025 es reforzar la seguridad fronteriza, establece "excepciones categóricas" específicas para garantizar que las relaciones internacionales vitales y los eventos deportivos de primer nivel no se vean interrumpidos, e incluye normas detalladas para asegurar que la política tenga un alcance limitado: 

  • Fecha de entrada en vigor: La política entra en vigor a las 12:01 a. m. EST del 1 de enero de 2026. Quiénes NO se ven afectados: Residentes permanentes legales (titulares de la Tarjeta Verde), personas con doble nacionalidad que viajan con un pasaporte de un país no restringido y quienes ya poseen visas válidas. 

  • Categorías especiales: Existen excepciones para ciertos diplomáticos, atletas internacionales (por ejemplo, Juegos Olímpicos, Copa Mundial) y minorías religiosas que sufren persecución en Irán. 

    • DIPLOMÁTICOS: En consecuencia, los ciudadanos extranjeros que viajan con tipos de visa oficiales específicos están exentos de las suspensiones de entrada, independientemente de su país de origen. Clasificaciones de visa elegibles: 

      • A-1 y A-2: Funcionarios de gobiernos extranjeros, embajadores y sus familiares directos. G-1, G-2, G-3 y G-4: Funcionarios y empleados de organizaciones internacionales (por ejemplo, la ONU o el FMI) y sus familias. 

      • C-2 y C-3: Funcionarios extranjeros en tránsito por Estados Unidos hacia o desde la sede de la ONU. 

      • NATO-1 a NATO-6: Personal, empleados y representantes de la OTAN y sus familias. 

    • ATLETAS: Dado que Estados Unidos será sede o coanfitrión de varios eventos deportivos históricos en los próximos años, en particular la Copa Mundial de la FIFA 2026, los Juegos Olímpicos de Verano de 2028 y los Juegos Olímpicos de Invierno de 2034, la proclamación incluye una amplia excepción para la comunidad deportiva mundial. ¿Quiénes están incluidos en esta excepción? 

      • Atletas: Participantes de cualquier país mencionado en la proclamación. Equipos deportivos: Listas completas de los equipos de las naciones clasificadas. 

      • Personal de apoyo: Entrenadores, preparadores físicos, personal médico y demás personal que desempeña "funciones de apoyo necesarias" para el equipo. 

      • Familiares directos: Cónyuges e hijos de los atletas y entrenadores que viajan para el evento. 

    • EXENCIONES CASO POR CASO: Más allá de estas categorías, la proclamación permite exenciones caso por caso para personas que no pertenecen a los grupos diplomáticos o deportivos, pero cuya entrada se considera vital para los intereses de Estados Unidos. 

      • ¿Quién decide?: El Secretario de Estado, el Secretario de Seguridad Nacional o el Fiscal General (o sus representantes). 

      • El criterio: El viaje debe "servir a un interés nacional de Estados Unidos". 

      • Casos comunes: Esto puede incluir a personas necesarias para procedimientos policiales cruciales (como testigos), tratamiento médico urgente o actividades comerciales importantes que beneficien claramente a la economía estadounidense. 

¿Qué más debo saber? 

  • El Secretario de Estado presentará un informe cada 180 días para evaluar si los países han mejorado sus estándares de verificación. Si un país cumple con los requisitos de seguridad de Estados Unidos, las restricciones pueden modificarse o eliminarse, como se vio en los recientes ajustes para Turkmenistán. 

  • Las exenciones diplomáticas son automáticas para las personas que poseen los tipos de visa válidos mencionados anteriormente. No necesitan solicitar una exención especial para ingresar al país por motivos oficiales del gobierno o de negocios internacionales. 

  • Hemos creado una lista de verificación general para determinar quién está sujeto a las restricciones de viaje. Contáctenos para obtener una copia. Tenga en cuenta que esto es solo para fines informativos y no debe considerarse asesoramiento legal.

Estas son nuevas políticas, así que manténgase informado mientras seguimos de cerca esta situación. Síganos en InstagramTwitterFacebookLinkedInTumblr y TikTok, para obtener noticias de inmigración actualizadas.


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